Capitulaciones matrimoniales: cómo regular el régimen económico en el matrimonio

Desde el mismo momento en que se contrae matrimonio se establecen unos vínculos legales que unen a la pareja, y uno de ellos es el económico. Por defecto, salvo en comunidades forales, en España el régimen que se adopta automáticamente es el de "gananciales". La mayoría de las parejas que se casan no disponen otro tipo de condiciones, algo que, a juicio de los expertos, es un error.

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ana.belen
martes, 12 agosto, 2008
capitulaciones matrimoniales

Da la sensación de que firmar una capitulación matrimonial justo antes de casarse es dar a entender que no confían el uno en el otro, y es precisamente ese "alarde" de confianza el que luego suele traer problemas ya que, en caso de separación, todo va a ser mucho más complicado. En otros casos, se trata de un mero desconocimiento de estas cuestiones legales.

Las capitulaciones matrimoniales son un contrato que puede firmarse antes o durante el matrimonio con el fin de fijar sus normas económicas siempre que lo hagan dentro de la ley y que se hace en escritura pública ante notario. Posteriormente, deberá ser inscrito en el Registro Civil para que actúe a todos los efectos y en el Registro de la Propiedad si afectara a bienes inmuebles.

Cuando se firman unas capitulaciones, aunque pudieran establecerse otro tipo de condiciones -como por ejemplo, el cuidado de los padres-, suelen ser para regular los aspectos económicos, pudiendo elegir entre saparación de bienes o participación. Por defecto se establece una sociedad de gananciales, un régimen de bolsa común, donde ambos son propietarios a partes iguales de todo lo que ingrese o posea la pareja.

Un matrimonio con separación de bienes parte de la independencia de los esposos en el plano monetario: cada uno mantiene la plena propiedad y libre disposición y administración de los bienes que tenía de soltero, así como de los que adquiera una vez casado por el motivo que sea (salarios, rendimientos de los bienes o capital, herencias y donaciones, etc...). La ventaja de la separación de bienes no es sólo con vistas a una futura separación que simplificaría el proceso y evitaría costes y peleas innecesarias. Dentro del matrimonio también facilita la gestión, sobre todo si hay empresas o negocios de por medio. Además, pueden existir bienes comunes que pertenezcan a ambos indistintamente, así como gastos de la familia que sean sufragados a partes iguales.

Por último, está el régimen de participación. En principio es muy parecido al régimen de separación de bienes y como tal funciona, pero una vez finalizado los esposos hacen recuento de sus bienes y calculan lo que tenían y cómo se ha revalorizado, comparando desde el principio hasta el momento de la disolución, de tal manera que cada uno de los esposos habrá obtenido un beneficio o una pérdida económica. Así, la parte más favorecida compensará a la otra de manera solidaria.

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