¿Cuándo dar las llaves en la compraventa de la vivienda?

30 octubre 2014 | Por ivan garcia

¿Te has preguntado cuándo dar las llaves en la compraventa de la vivienda?, desde nuestro blog de Derecho te lo contamos. Es lógico que en cualquier operación inmobiliaria surjan dudas tanto por parte del vendedor como del comprador. Muchas veces por desconocimiento o por buena voluntad cometemos serios errores que pueden costarnos caros, y más en estos casos, donde se manejan importantes cantidades de dinero. Una de las grandes dudas surge en torno a la entrega de llaves de la vivienda, sobre todo cuando se hace referencia a casas de segunda mano, ya que en las nuevas los trámites con el promotor son más sencillos.

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Muchas veces por desconocimiento o por buena voluntad cometemos serios errores que pueden costarnos caros, y más en estos casos, donde se manejan importantes cantidades de dinero. Una de las grandes dudas surge en torno a la entrega de llaves de la vivienda, sobre todo cuando se hace referencia a casas de segunda mano, ya que en las nuevas los trámites con el promotor son más sencillos.

¿Cuándo entregar las llaves?

Lo más normal es que la operación de entregar las llaves se produzca en la notaría, cuando se paga el importe de la vivienda y se adquiere de una manera definitiva el inmueble. No es preciso que intervenga para ello el notario. Aunque se suelan establecer contratos de arras, a modo de señal o reserva, no se suelen entregar las llaves hasta la firma de la escritura. El nuevo comprador tiene derecho a disfrutar de la propiedad desde el mismo momento en que la firma. También puede que las dos partes lleguen a un acuerdo por el cual, el nuevo propietario le dejará unos días de margen a los anteriores inquilinos para que hagan las maletas y dejen la vivienda el tiempo que consideren oportuno, pero esto no es obligatorio, más bien depende de la buena voluntad del que adquiere la casa. Algunos notarios para evitarse sorpresas en este sentido deciden incluir una cláusula que regula este aspecto, obligando a las dos partes implicadas a pronunciarse sobre la entrega de las llaves. Hasta que no se materialice la firma de la escritura no hay nada hecho. Por eso cabe la posibilidad de que el comprador no esté por la labor de adelantar dinero sin tener la propiedad garantizada, ni tampoco es razonable que se den las llaves antes de tiempo. Si quieres conocer otro tipo de información sobre la compraventa de las viviendas, te proponemos leer nuestro artículo "Contrato de compraventa de una vivienda". ¿Qué os parece esta información para saber cuándo dar las llaves en la compraventa de la vivienda?

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4 comentarios en «¿Cuándo dar las llaves en la compraventa de la vivienda?»

  1. Hola,he comprado una casa y ayer firmamos las escrituras, quede con el propierario que le dejaria 10 dias para la mudanza y ahora me esta diciendo q necesita un mes y q no me da las llaves. Habia confianza y no se puso nada por escrito ( tonta de mi por fiarme? Yo en 15 dias tengo q dejar la casa donde estoy y no puedo darle este tiempo ya se lo he comentado por las buenas pero no entra en razon. Como puedo proceder? Porque claro por ley la casa ya es mia!!!

    1. A mi me paso lo mismo, quedo costancia notaria pero no hay nada firmado, los abogados me dieron este consejo, si no vive ahi aun traes un cerrajero cambias la cerradura y te metes dentro, no tiene nada que hacer la casa esta a tu nombre, lo malo lo denuncies y luego hay que hacerle un deshaucio y entonces si que tardara y sera tu perdicion, espero tu problema se solucionara yo lo solucione asi y el antiguo propietario se tuvo que callar, el ya se llevo el dinero no, pues ya no es su vivienda, bastante le hicimos un favor.

  2. Firme la escritura y la propiedad ya esta inscrita.Pero a la fecha ni el corredor ni el dueño me han entregado las llaves de la casa.Que se puede hacer?

  3. He comprado un piso de segunda mano y he pagado la totalidad del piso (faltaría el pago de la reforma que irá por fases) y firmado la escritura y tengo ya la Nota del Registro donde pone que soy el propietario. La compra incluye la reforma del inmueble y en el contrato que he firmado pone que la entrega de las llaves se hará al concluir la obra. ¿Esta cláusula puede revocarse al entender que al haber firmado la escritura y haber pagado la vivienda, debería de poder acceder aún a sabiendas que la vivienda se encuentra en obra? ¿Puede el vendedor negarme la entrega de las llaves durante 16 meses que tiene de plazo para concluir la obra después de haber pagado ya la vivienda? ¿Es abusiva esa cláusula? Muchas gracias.

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