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Por: Ana Belén Fernández
Comentarios: 4
4 de Septiembre 2008

Licencia CC/W1LL13

En alguna ocasión habrás oído que cualquier demanda que se admita a trámite tendrá que soportar unas costas judiciales, sin que quede nos quede muy claro qué es lo que estamos pagando. En Cosas Legales intentaremos aclarar a qué se refieren con “costas judiciales“.


Las costas judiciales son:

  • Los gastos que se llevan los abogados o técnicos requeridos  y sus honorarios.
  • Los anuncios que deben hacerse públicos durante el proceso.
  • Los depósitos que hay que hacer para presentar un recurso.
  • Gastos de peritajes.
  • Certificaciones y demás documentos que sean requeridos durante el proceso.
  • Gastos notariales.

Normalmente, la ley establece que cada parte pague sus costas judiciales a medida que se vayan produciendo, exceptuando los casos que se acojan a la asistencia jurídica gratuita. En algunos casos, la sentencia condena a una de las partes a que asuma todas las costas judiciales, de manera que el condenado tendría que pagar también el abogado y el procurador de la otra parte.

Por: Ana Belén Fernández

Etiquetas: costas judiciales
Categorías: General

Comentarios: 4

Comentarios (4)

  jesus
costas por perder juicio por la ley de enjuiciamiento civil.
  maria
quisiera saber cuando un preso sale para un cemtro de reabilitacion tiene que pagar unos gastos judiciales es muy importante para mi saberlo gracias
  miguel
no tengo dinero para pagar la pension de mis hijas ,ni abogada..me han embargado mi tierra obligadoa pagar lñas costas procesales de la otra parte.Me gustaria saber si puedo acceder a un abogado de oficio q me saqque de esta situacion y m explique comom si fuese tonto todo para poder entenderlo,pq un gran problema< q tenemos es q no entendemos las cosas.
  carmen
el 27-7-2010 tube un accidente laboral se me rompio el tobillo al resbalar el pi por una escalera tube un fractura trimaleolar de tobill,me diero de alta el 16 de febfero del 2011,me pasaron al tribunal medico y me indemnisaron por secuelas, el 16 de noviembre 2011 me han indemnisado la empresa con un recargo del 30%, mi pregunta puedo pedirle a la empresa responsavilidad civil por daños y perjuicios , al seguro de la empresa y al seguro obligatorio del combenio colectivo de residenca de ancianos privadas en cordoba gracias
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