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En alguna ocasión habrás oído que cualquier demanda que se admita a trámite tendrá que soportar unas costas judiciales, sin que quede nos quede muy claro qué es lo que estamos pagando. En Cosas Legales intentaremos aclarar a qué se refieren con “costas judiciales“.
Las costas judiciales son:
- Los gastos que se llevan los abogados o técnicos requeridos y sus honorarios.
- Los anuncios que deben hacerse públicos durante el proceso.
- Los depósitos que hay que hacer para presentar un recurso.
- Gastos de peritajes.
- Certificaciones y demás documentos que sean requeridos durante el proceso.
- Gastos notariales.
Normalmente, la ley establece que cada parte pague sus costas judiciales a medida que se vayan produciendo, exceptuando los casos que se acojan a la asistencia jurídica gratuita. En algunos casos, la sentencia condena a una de las partes a que asuma todas las costas judiciales, de manera que el condenado tendría que pagar también el abogado y el procurador de la otra parte.
Por: Ana Belén Fernández
Etiquetas: costas judiciales
Categorías: General
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